viernes, 26 de octubre de 2018

La inteligencia artificial para combatir el Fraude Interno

Albert Salvador

Hace años que se viene hablando sobre el uso de la inteligencia artificial para combatir el fraude, aplicando un aprendizaje supervisado (“machine learning”) para etiquetar cada nueva transacción y predecir si es irregular o no. Para ello es imprescindible registrar y almacenar datos relevantes históricos y el resultado de sus investigaciones.

En definitiva seria combinar big data y algoritmos de machine learning, para desarrollar un sistema que sea capaz de detectar y predecir el fraude. Todos estos sistemas están focalizados al fraude externo.

Pero, ¿cómo se combate el Fraude Interno usando la inteligencia artificial?  ¿Qué algoritmos usamos para su predicción?

A continuación, dejo unas “pistas” sobre cuáles podrían ser algunos de los indicadores claves a partir de los cuales poder construir los algoritmos de “machine learning” para la predicción del Fraude Interno:

Facturas y proveedores:
·         Facturas incompletas, indocumentadas….
·         Pago a proveedores inexistentes
·         Pago múltiples a proveedores
·         Pago duplicado de facturas
·         Vinculación entre empleados/proveedores

Retribuciones y Gastos a empleados:
·         Exceso de autorizaciones
·         Alteraciones presupuestarias
·         Incumplimiento de políticas de autorización

Otros indicadores sobre empleados
·         Indicadores vacacionales (presencia continuada/vacaciones no consumidas…)
·         Rotación en relación con el puesto de trabajo
·         Uso inadecuado de tarjetas de crédito
·         Uso inadecuado elementos institucionales (móviles, mail, tarjetas de crédito empresa, redes sociales). Definición de palabras clave, lista “negra” de mails, teléfonos, etc….

Control de acceso
·         Autentificaciones incorrectos al sistema
·         Uso del sistema/comunicaciones en vacaciones o en horario “no habitual”
·         Transacciones con mayor consuma de CPU
·         Acceso a ficheros con información confidencial

Contables
·         Apuntes con corrección tras el cierre de ciclo
·         Apuntes sin concepto informado
·         Operaciones manuales

Ambiente TI
·         Intentos de acceso no autorizados
·         Accesos en horarios atípicos
·         Acceso con usuario de baja, vacaciones, etc..

Quebrantos
·         Quebrantos de moneda
·         Sustracciones de activos físicos materiales

Manipulación de datos de clientes
·         Número de clientes cuyo nombres, asociado al documento de identidad, pudiera no coincidir tras cruzarlo con otras fuentes.
·         Número de documentos de identificación cuya numeración no sea válida o que no parezca lógica atendiendo a otros criterios (por ejemplo, la edad registrada).
·         Cruce de clientes con direcciones anómalas con otros datos de los clientes y sus productos.

La lista es mucho más extensa y con indicadores más detallados, pero para que realmente sea eficaz hay que adaptarlos a cada organización, y encontrar esos algoritmos realmente válidos y predictivos.

Este artículo fue publicado en su Blog Fraude Interno, el cual es un Blog creado con el objetivo de compartir conocimientos e inquietudes relacionados con el fraude interno, tanto con profesionales de la auditoria interna como con cualquier empresario o directivo que no disponga de un departamento de auditoria interna en su organización. Para mayor información debes visitar: https://fraudeinterno.wordpress.com/.

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jueves, 25 de octubre de 2018

El impacto de la implementación de la NIIF 15

Como no podía ser de otra manera, las Pymes se encuentran ante un nuevo reto (como si tuvieran pocos en la actualidad), la implementación de la NIIF 15, relativa a Ingresos de actividades ordinarias procedentes de contratos con clientes, a través de la previsible reforma que tiene prevista hacer el ICAC del Plan General Contable, para introducir los principales cambios normativos de la NIIF 15. Dicha normativa será de obligado cumplimiento para las empresas que reportan bajo NIIF, esto es, empresas que consolidan y cuyas acciones se cotizan en un mercado regulado a partir de 1 de enero de 2018, y afectará al registro contable de los ingresos. Algunas de estas empresas ya la vienen aplicando voluntariamente. Y os preguntareis, ¿pero qué impacto tiene? vayamos al lío.

¿Qué objetivo tiene esta normativa?

Su objetivo es mejorar y depurar la normativa vigente, facilitar la comparabilidad frente a terceros a nivel internacional, y proporcionar información de utilidad. Pero hasta ahora, parece todo igual ¿no?, pues estrictamente no del todo ya que si aplicamos los nuevos criterios se pueden producir adelantos o diferimientos en el reconocimiento de los ingresos que antes no se producían.

¿Cómo debemos aplicar esta normativa?

La propia normativa, nos indica los pasos a seguir, los cuales los divide en cinco, estos son:
  • Step 1: Identificación del contrato.
  • Step 2: Identificar las obligaciones de desempeño en el contrato.
  • Step 3: Determinar el precio de la transacción.
  • Step 4: Asignar el precio de la transacción a cada obligación de desempeño.
  • Step 5: Reconocimiento del ingreso en el momento que se satisfacen las obligaciones de desempeño.
Por tanto, tendrá especial relevancia el condicionado y clausulado del contrato (step 1), así como los servicios o bienes que se ofrezcan, tales como garantías, cheques regalo, bonos descuento, etc., elementos que con anterioridad no se registraban y que en la actualidad sí se registrarán cuando se satisfagan (step 2,5), además los mismos habrá que valorarlos y registrarlos contablemente de una forma muy concreta (step 3,4,5).

¿Cómo será la transición a la nueva normativa?

Habrá dos métodos, uno retroactivo que aplicará a cada ejercicio anterior del que se informe, o uno retroactivo pero con el efecto acumulado de la aplicación inicial de esta norma, teniendo en cuenta una serie de puntualizaciones que establece la norma.

Conclusión

En conclusión, estar al día respecto a esta normativa será crucial dependiendo del sector en el que nos encontremos, ya que principalmente en sectores industriales, y de telecomunicaciones, en los cuales el clausulado legal, y la diversidad de servicios ofrecidos es mayor podría tener un impacto en los ingresos muy significativo, y por tanto en el propio valor de la empresa.

Responsabilidad Compartida del Fraude

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